Cuando a algunos de nuestras Sociedades de cazadores ya les estaba llegando el agua al cuello y estaban pensando en desaparecer, e incluso algunas lo han tenido que hacer ya, y no cazar más en los terrenos que gestionaban por las deudas que estaban generando a costa de los innumerables accidentes de tráfico con especies cinegéticas que estaban sufriendo en su zona, parece que por fin se empieza a vislumbrar una luz al final del tunel y llegan buenas noticias en este sentido.
El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó remitir a las Cortes el Proyecto de Ley que modificará la actual Ley sobre Tráfico y que tantos problemas está causando a los cazadores. Hasta ahora la dificultad en la interpretación de la ley está haciendo, como bien saben muchos cazadores, que los jueces, cuando se produce un accidente de tráfico con una especie cinegética, tiendan a culpar al coto de caza de la zona, generando, además del efecto directo de la obligatoriedad de pagar el daño, una reacción en cadena en las aseguradoras que piden cantidades inasumibles por suscribir una póliza con ellas generando entonces un círculo vicioso que supone la asfixia económica de muchas sociedades.
Este nuevo proyecto recoge una modificación en la totalidad de la Disposición Adicional Novena, que señala ahora que los cazadores sólo asumirán los daños derivados de este tipo de siniestros cuando se produzcan como consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor. De este modo, una vez que pase su último trámite en el Congreso de los Diputados, la nueva Disposición Adicional Novena de la Ley de Tráfico quedará redactada de la siguiente manera:
“En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.
No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido veinticuatro horas antes de aquél.
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”.
La previsión del Gobierno es que este Proyecto de Ley siga su trámite y esté aprobado a finales de año, por lo que el nuevo Código de Circulación podría estar en vigor en la próxima primavera, generando un importantísimo alivio para muchos de los que hoy sufrimos el injusto tratamiento de jueces y aseguradoras, que cargan contra los cazadores sin tener muchas veces en cuenta la conservación de la vía, las circunstancias en las que se produjo el accidente o, incluso, el propio acta de la Guardia Civil, incapaz en ocasiones de encontrar el animal causante del siniestro o establecer si el vehículo cumplía las normas de circulación del tramo en el que se produjo, circunstancias ambas que podrían ser determinantes en la resolución.
Ojalá que esta nueva norma llegue a término cuanto antes y los accidentes de tráfico dejen de ser una lacra para tantas Sociedades que ven amenazada su viabilidad por esta causa.